Las licencias son el tema que más preocupa a las principales empresas que son hoy licenciatarias de servicios de radiodifusión. Originalmente la ley 22.285 disponía, en su artículo 43, que “El Poder Ejecutivo nacional o el Comité Federal de Radiodifusión, según corresponda, podrá otorgar hasta Cuatro (4) licencias para explotar servicios de radiodifusión a una misma persona física o jurídica” sin embargo (quédese tranquilo el Sr. Héctor Magneto, CEO de grupo Clarín), durante la presidencia del Dr. Carlos Saúl Menem el Decreto N° 1.005/99 sustituyó el artículo por su actual redacción la cual dice “El PODER EJECUTIVO NACIONAL o el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, según corresponda, podrán otorgar hasta VEINTICUATRO (24) licencias para explotar servicios de radiodifusión a una misma persona física o jurídica”.Entre las personas físicas o jurídicas que resultan destinatarias de la ley en forma original podemos encontrarnos ante la obligación que sea una “persona física o a una sociedad comercial regularmente constituida en el país”, (hasta ahora llego) a continuación surgen los requisitos, cuyo análisis resulta tan necesario como divertido: “a) Ser argentino nativo o
naturalizado, en ambos casos con más de Diez (10) años de residencia en el país y mayor de edad”. Obnubilado por no comprender con exactitud cual puede ser la diferencia que un extranjero resulte licenciatario, me topé con el siguiente requisito de imposible cumplimiento por mi parte “b) Tener calidad moral e idoneidad cultural, acreditadas ambas por una trayectoria que pueda ser objetivamente comprobada”. Anotando “calidad moral” en mi lista de compras para el supermercado observo que afortunadamente fue modificado dicho articulo y quitado ese requisito, perdiendo vigencia semejante arbitrariedad.Otro de los signos de falta de actualidad de la ley, resulta lo dispuesto en el Art. 70 de la ley. Todos conocemos como se realizan los negocios a gran escala y como repercuten los comerciales en la vida de las empresa auspiciantes, por ello resulta anacrónico el hecho que “Las tarifas de publicidad deberán ser comunicadas al Comité Federal de Radiodifusión con treinta días corridos de anticipación a su fecha de vigencia” con lo vertiginosa que es la vida empresarial y comercial hoy, resulta al menos violatorio del derecho a contratar, el tener que presupuestar el valor de su publicidad.

Las leyes sancionadas por los gobiernos de facto brillan por la escases de contenido sin embargo, maravillan por las sanciones que se encuentran descriptas en ellas, por eso, para cerrar este apartado corresponde tomar una rápida vista del régimen sancionatorio desarrollado en el Titulo VII.
El artículo 81 establece las categorías de sanciones disponibles para arbitrariamente imponer a quien tuviera algún desliz de liberalidad cultural: “a) Para los titulares: 1) Llamado de atención; 2) Apercibimiento; 3) Multa; 4) Suspensión de publicidad;” (La suspensión de publicidad importará la prohibición de transmitirla desde una hora hasta treinta
días de programación.) treinta días x $ en un canal de aire les puedo asegurar que es mucha plata “5) Caducidad de la licencia”; ( f) La emisión de mensajes provenientes o atribuibles a asociaciones ilícitas, personas o grupos dedicados a actividades subversivas o de terrorismo;) Adrian Paenza explicando la teoría de los conjuntos o las películas de Stephen King abstenerse(terror-terrorismo… chascarrillo).“b) Para los actuantes: 1) Llamado de atención; 2) Apercibimiento; 3) Suspensión; (prohibición de actuar en la estación de radiodifusión donde se cometió la transgresión, desde treinta días hasta cinco años) resulta una especie de vacación laaaarga 4) Inhabilitación; (prohibición de actuar en cualquier estación de radiodifusión hasta un máximo de treinta años) resulta una especie de jubilación.
El presidente que sancionó la presente ley (si, en esa época el poder ejecutivo legislaba y los legisladores…o el congreso….estaba cerrado por reparaciones) era Videla, lo que le pone el moño al presente.

Para la tarjeta del regalo: Recuerdan a la Mesa de enlace, aquella que con el campo se opuso a las retenciones y hoy se opone a la nueva ley de servicios audiovisuales, bueno hace un tiempo reivindicó a Martinez de Hoz, otro de los ministros firmantes de la ley... dejamelopensaruntoque